El Porvenir (México) (17-07-12)

Analiza jurista Ley de Medios
Por: El Porvenir / Alberto Medina

En estos momentos la ley indica que debe haber una emisora cada dos diales, porque el transmisor necesita ese ancho de banda.

 

Monterrey, NL.- Como parte de un ejercicio jurídico proactivo de cara a los alumnos de Derecho, el jurista local Carlos Munguía Chávez analizó la Ley de Medios con sus ventajas y desventajas “desnudando” sus últimas reformas.

En este tenor éste detalló que se debe de “charlar mucho”, el tema de la ley de radiodifusión y sobre todo, respecto a los dos puntos básicos “que las organizaciones sociales puedan tener una frecuencia que actualmente la ley lo niega y por otro lado, el tema de los contenidos”.

La digitalización en los medios “va a ser un cambio a largo plazo” y lo ejemplifico al decir que los medios de los Estados Unidos “tardaron más de 10 años en hacer el apagón analógico

Los beneficios de la digitalización “podemos destacar una mejor calidad de sonido e imagen.

En estos momentos la ley indica que debe haber una emisora cada dos diales, porque el transmisor necesita ese ancho de banda”.

“Se va a poder tener una emisora por dial o quizás más y va a permitir que haya entre seis y siete frecuencias más entre diales y en la televisión aumentará de manera significativa la cantidad de canales de aire”.

Por lo que dio algunos por menores de la legislación en sus ventajas y desventajas posibles de la Ley de Medios..

Por ejemplo citó que con Fundamentos democráticos: La Ley de Servicios Audiovisuales considera a la comunicación como un bien cultural, garantizando el derecho público a dar, buscar, recibir y difundir información sin censura previa, limitando los desarrollos megamediáticos que muchas veces han condicionado a la república.

Además, considera a la información plural como un derecho de todos y no un mero negocio comercial, al menos, en los fundamentos de la ley.

Fija límites a la multiplicidad de licencias a niveles nacional y local, en base a los principios de diversidad y pluralidad, planteando la incompatibilidad de titularidad para canales de aire y de cable.

Se busca limitar con esto el poder de los multimedios.

Además dijo que la Participación es como presupuesto general, el proyecto de ley ha sido consensuado durante mucho tiempo, con distintos sectores sociales involucrados, y es respaldado por importantes voces de organismos nacionales e internacionales.

Entre muchos, citemos a las universidades (Buenos Aires, UNCuyo y La Plata, por ejemplo) o Frank La Ru, relator de Libertad de Expresión de la ONU, Adrián White, secretario general de la Federación Internacional de Periodistas, Celso Schroder, presidente de la Federación de Periodistas de América Latina y el Caribe, Néstor Busso, secretario del Foro Argentino de Radios Comunitarias; aunque ha recibido críticas de varias otras asociaciones, como la SIP, Adepa, ATA, APTRA, y otras.

También hubo audiencias públicas en las que fue discutido. Como contratara, no fueron invitados a los debates previos de la ley, quienes hoy son los responsables de la mayoría de los contenidos a los que accede la población.

Desde este punto de vista, es un debate sesgado.

Con respecto a el espectro radioeléctrico es propiedad pública citó que se prohíbe la venta, transferencia o subasta, e incluso la apropiación de las frecuencias radioeléctricas, porque pertenecen a la comunidad y son patrimonio común de la humanidad (según el Tratado de Nairobi, el espectro es Patrimonio de la Humanidad y corresponde a cada pueblo su administración a través de los Estados Nacionales).

Además, la norma declara su carácter de “orden público”, por lo cual los actos jurídicos que la violen son nulos.

Por lo cual comentó que legalmente se debe ver como se plantea organismos para defender al usuario

Crea entes involucrados con la actividad como el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual con atribuciones consultivas, integrado por representantes de las provincias, operadores, etcétera; el Consejo Asesor del Audiovisual y la Infancia.

Y la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, para canalizar denuncias contra los medios y sus posibles excesos.

En este punto, la debilidad es que podría generar contradicciones con la libertad de expresión, y además el ejecutivo siempre podría asegurarse la designación del Defensor del Público.

Igualmente dijo que ahora con estas reformas a la ley las emisoras no comerciales deberán incorporar la figura de gestión privada sin fines de lucro, a la que adjudica el 33% de las localizaciones radioeléctricas planificadas en todas las bandas y excluye el control de empresas por otras de origen extranjero y también a las empresas telefónicas.

En el caso particular de la TV por cable, las obliga a disponer de un “abono social”, con una oferta de señales que se supone menor, en aquellas localidades donde no haya acceso a otro tipo de medios.

Y la cargas impositivas para el desarrollo de medios públicos siguiendo también la línea del Tratado de Nairobi, dispone que los medios privados abonen un gravamen según la facturación bruta, pues utilizan un bien público en su propio provecho comercial.

De ese dinero, el 40% de lo cual irá destinado al Instituto del Cine, el 10% al Instituto del Teatro, el 35% a Radio y Televisión Argentina (servicio oficial) como principales receptores.

Además, establece un régimen de sanciones que incluye la suspensión de publicidad ante faltas consideradas graves.


Publicado en El Porvenir